martes, 3 de noviembre de 2015

Extensión de la propiedad intelectual sobre fotografías


En lo referente a el proyecto de ley de Argentina  trata de que los diputados del FPV Liliana Mazure, Gloria Bidegain, Susana Canela, Gastón harispe, Héctor Recalde y Eduardo Seminara lanzaron un proyecto para sustentar la extensión de la duración del derecho de la propiedad intelectual sobre las fotografías al de las demás obras, esto tendrá un tiempo de valides que sera contemplada en toda la vida del autor más 70 años después de su fallecimiento.
Se puede ver que una enorme cantidad de proyectos como los son Wikipedia, las cuentas de redes sociales del Archivo General de la Nación o el proyecto Trapalanda de la Biblioteca Nacional se verán afectados de manera brusca porque la promoción de la mayoría de estas colecciones que están disponibles se tornará de una manera ilegal.

Entonces una fotografía puede ser considerada una obra fotográfica, su autor gozará de todos los derechos de autor que prevé la Ley de Propiedad Intelectual para los autores de obras artísticas.

Si la fotografía no se considera una obra fotográfica, sino una mera fotografía, entonces el fotógrafo también gozará de ciertos derechos, pero el alcance de la protección es menor. En este caso solo será titular de ciertos derechos patrimoniales o de explotación y durante un plazo inferior: veinticinco años a contar desde que se realizó la fotografía.
El punto a comentario mio es que al tratarse de obras fotográficas esta siempre en proteger la autoría pese a se hagan o no publicas las fotos y sea por dinero o no, pero al publicar damos espacio y promoción alas obras de cada autor con su respectiva identificación de la obra.

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